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News – Noticias «He recibido una cesta de Navidad, ¿tengo que declararlo a Hacienda?». Si tenemos la fortuna de pertenecer a ese porcentaje de trabajadores que reciben una gratificación en forma de cesta de Navidad con productos como jamón serrano, turrones, quesos, etc… y de aquellas personas a las que les toca alguna de las cestas que se sortean estos día una duda nos asaltará: ¿Hace falta declararlo a Hacienda? La abogada de Legálitas experta en materia fiscal, Nuria Diez, apunta que «legalmente hay que tributar, pero en la práctica cuando las cuantías no son altas lo normal es que la gente no lo declare » . Esta experta diferencia entre las cestas que recibimos en nuestro lugar de trabajo como parte de nuestra remuneración y «la cesta del bar», de la peluquería o de la tienda del barrio. Respecto a las cestas que recibimos en el ámbito laboral, esta abogada destaca que se trata de una «retribución en especie», que se sumaría a la Declaración de la Renta como un ingreso o renta del trabajo. «De esta forma estás incrementando la base imponible y con ella el tipo, por lo que pagas más impuestos» , apunta esta especialista quien constata que en la práctica no se suele hacer. Diez pone como ejemplo los regalos de boda, que pasarían por ser donaciones. Para la abogada de Legálitas, una cuestión diferente sería si la «cesta del bar» incluyera bicicletas, casas, vehículos… «Son ganancias patrimoniales e incrementarían la base general del impuesto , no la base del ahorro. El tipo impositivo o marginal se dispararía, y el importe sería elevadísimo», advierte esta experta quien también señala que habitualmente no se declara aunque legalmente existe la obligación de hacerlo ya que no suelen ser cantidades demasiado elevadas. Al respecto, desde la Asociación Española de Asesores Fiscales y Gestores Tributarios ( Asefiget ) su presidente Adolfo Jiménez apunta que «se trata de ganancias patrimoniales, aunque el objeto se venda a un precio menor que el de compra». En cualquier caso, recomienda declarar siempre si estamos ante bienes del tipo de una vivienda o un vehículo. « Sentido común», recalca este experto. Las empresas y las cestas de Navidad Sobre las cestas de Navidad que se entregan estos días en muchas empresas, el presidente de Asefiget, explica que se trata de un pago en especie que deberá estar incluido en la nómina del empleado y que luego la empresa deberá de reflejar en la contabilidad a efectos fiscales en el Impuesto de Sociedades. Noticia Relacionada estandar No Haz la mejor compra para una cena de Navidad de calidad María R. Los niños de la casa piensan en la Navidad e imaginan regalos, pero lo que queremos los mayores son una buena cena y una buena comida al día siguiente En este sentido, especifica que la legislación no delimita específicamente ningún mínimo exento en estos casos; y recuerda que el principal criterio para que las empresas puedan deducirse este tipo de gastos en el Impuesto de Sociedades es que se ajusten a «los usos y costumbres» de la entidad. Otra condición, apunta el presidente de Asefiget, es que el empresario no dedique más del 1% de las ventas anuales a regalos de este tipo o a invitaciones a restaurantes, por ejemplo. En este sentido, Jiménez llama a no abusar, porque «Hacienda lo podría considerar una liberalidad, un gasto no deducible».. «El control de los despidos eleva la tensión entre las empresas y el Gobierno». La relación entre las empresas y el Gobierno sube de temperatura hasta rozar el rojo vivo. Al malestar de la patronal por la reiterada política de subida de cotizaciones del ministro Escrivá se une ahora la indignación por los cambios que, al margen de diálogo social, quiere realizar el Gobierno en un asunto que es tabú para las empresas: el despido. La nueva Ley de Empleo, que ha iniciado su tramitación en el Congreso de los Diputados, recoge una enmienda transaccional pactada entre el PSOE y Podemos con EH Bildu que permitirá a los inspectores pronunciarse sobre la concurrencia de las causas especificadas por la empresa en la comunicación inicial del ERE. Esto implica un papel determinante de la Inspección en la supervisión y el control de los despidos colectivos para que obedezcan a causas objetivas. Un cambio de calado en la norma laboral , teniendo en cuenta que es ahora la empresa, de forma unilateral, la que decide llevar a cabo una decisión extintiva de empleo. El pacto no recupera la autorización administrativa previa en los despidos colectivos q ue suprimió la reforma laboral de 2012 , pero resta poder a las empresas, que estarán monitorizadas por los inspectores. «El informe de la Inspección, además de comprobar los extremos de la comunicación y el desarrollo del periodo de consultas, se pronunciará sobre la concurrencia de las causas especificadas por la empresa en la comunicación inicial, y constatará que la documentación presentada por esta se ajusta a la exigida en función de la causa concreta alegada para despedir», se asegura en la enmienda que busca modificar el artículo 51.2 del Estatuto de los Trabajadores y que ha sido aprobada en la comisión de Trabajo del Congreso. El pacto con la formación abertzale refleja uno de los objetivos que ha perseguido Podemos y la ministra de Trabajo desde que llegaron al Gobierno, aunque, sin embargo, fue un asunto que Yolanda Díaz no puso en ningún momento sobre la mesa de las negociaciones que dieron lugar a la actual la reforma laboral. Ahora se da la espalda al diálogo social y se pactan los cambios laborales por la vía parlamentaria y con los socios del Ejecutivo, que llevan prácticamente toda la legislatura exigiendo que se cumpla con la promesa de derogar de forma completa la reforma del PP de 2012. Los radicales votaron en contra de la reforma laboral y amenazaron incluso con romper con el Gobierno. El pacto con Bildu fue duramente criticado por CEOE y Cepyme. En un comunicado, las organizaciones empresariales alertaron de que « la enmienda transaccional aprobada por el Ministerio de Trabajo para reponer el control de las causas en los despidos colectivos (ERE) es una traición al acuerdo alcanzado en la reforma laboral». Aseguró la organización que preside Antonio Garamendi que «en la medida que este asunto fue debatido en los trabajos de la reforma laboral, y apartado de mutuo acuerdo en aras del consenso, la actuación del Ministerio de Trabajo a través de la enmienda de EH Bildu supone una ruptura de la buena fe negociadora , imprescindible en todo proceso de negociación, que obliga a las partes a respetar y defender los acuerdos alcanzados, actuación que invalida al Ministerio de Trabajo como interlocutor fiable». Contraria a la Constitución La patronal afirmó que «a la espera de una rectificación, los empresarios españoles rechazamos la interlocución con el Ministerio de Trabajo por entenderla tramposa y contraria a la buena fe». Añadió que «esta modificación que tiene como fin intervenir las decisiones empresariales, es contraria a la Constitución y al derecho a la libertad de empresa y contraviene la normativa europea, que no admite una regulación que sustraiga al empresario la facultad decisoria como establecen numerosas sentencias, entre otras, la sentencia del TJUE de fecha 21 de diciembre de 2016». Noticia Relacionada estandar Si El Gobierno subirá el complemento de maternidad un 10% más que la pensión en 2024 y 2025 Gonzalo D. Velarde El ministro José Luis Escrivá propone a patronal y sindicatos que el pago extra se revalorice con el IPC medio más un plus de 10 puntos La autorización administrativa previa a los despidos fue suprimida en la reforma laboral que emprendió la exministra Fátima Báñez durante la crisis financiera, que sí mantuvo la exigencia actual de abrir un periodo de consultas y la participación de los representantes de los trabajadores en ese proceso previo. Aquella modificación legislativa, que se justificó en la necesidad de agilizar las decisiones empresariales de despido por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, limitó también la actuación de los inspectores en la tramitación de los ERE. Se les atribuyeron, fundamentalmente, labores de comprobación de la documentación exigida y del desarrollo del periodo de consultas. La titular de Trabajo explicó ayer que este cambio forma parte del acuerdo de Gobierno entre el PSOE y Podemos y se preguntó: ¿Cuál es el problema de que los inspectores examinen las causas del despido si todo se hace bien? Recordó a la CEOE que los cambios han sido aprobados en la comisión de Trabajo en el Congreso y que el PP se abstuvo.. «¿Cubren los seguros de hogar y de coche los daños causados por inundaciones?». Las generosas lluvias con que finalizará este año, aparte de abonar mejores cosechas que la campaña precedente, supone en muchas ocasiones no pocos daños tanto personales como a la propiedad. En este contexto hay que diferenciar entre riesgos normales y extraordinarios porque eso determinará que tengamos que reclamar directamente a nuestro seguro o al Consorcio de Compensación de Seguros. Esta entidad es privada y se financia exclusivamente con las aportaciones de los mismos asegurados. Diferenciar entre riesgos normales y extraordinarios Según fuentes consultadas de Unespa (la patronal aseguradora) «hay una lista de hasta 10 riesgos extraordinarios que asume el Consorcio« y menciona algunos como los vientos fuertes (a partir de cierto umbral, normalmente unos 120 km por hora). En este sentido, desde la asociación que reúne a las aseguradoras, ponen un ejemplo: el Consorcio pagaría los embalsamientos de agua y cada seguro, con sus matices propios según las condiciones de cada póliza, las filtraciones de agua en la vivienda (rendijas, techos , ventanas…) hasta un cierto nivel, que ya sería asumido por el Consorcio. Desde el bróker de seguros Aon, su director de siniestros property Juan Emilio Revilla especifica que el Consorcio cubr e «fenómenos de la naturaleza como inundaciones extraordinarias, terremotos, maremotos, erupciones volcánicas, tempestades ciclónicas atípicas y la caída de cuerpos siderales y aerolitos . «Se entiende por inundación el anegamiento del terreno producido por lluvias o deshielo, por aguas procedentes de lagos ocn salida natura, de ríos o ríos, o de cursos naturales de agua en superficie cuando se desborden de sus cauces normales», especifica este experto. Lo que no sería cubierto por el Consorcio es si la inundación ha sido provocada por la lluvia recogida por la cubierta o la azotea , así como los daños que produzcan el granizo y la nieve. Esto ya sería cosa de la póliza de seguros suscrita con nuestra aseguradora. Un matiz importante, añade Revilla, los daños causados por terremotos, maremotos, erupciones volcánicas y caída de cuerpos siderales deben contar para su cobertura con una certificación previa, emitida por el Instituto Geográfico Nacional y organismos similares. También serían cubiertos por el Consorcio el terrorismo, los daños causados por una sedición o una manifestación. Además de los hechos o actuaciones del ejército y la Policía en tiempos de paz. ¿Cómo reclamar? Revilla recuerda que «la condición principal es tener suscrita una póliza de seguros con una aseguradora y estar al corriente de pago del recibo del seguro», explica este experto a ABC. En este punto, Unespa añaden que también se puede reclamar ante nuestra aseguradora, correduría de seguros, agente de seguros o entidad bancaria donde hayamos contratado el seguro Si optamos por dirigirnos directamente al Consorcio de Compensación de Seguros , el siguiente paso es presentar la reclamación bien telefónicamente (900 222 665) o en la web http://www.consorseguros.es facilitando la siguiente información: Datos de nuestra póliza de seguros (entidad aseguradora y número de póliza). Datos de la persona que presenta la solicitud , ya sea telefónicamente u online y del asegurado, si estas fueran dos personas diferentes. Es decir, se trata de aportar el nombre y los apellidos junto al número de DNI, dirección y teléfonos de contacto. Otra información que hay que incluir en la reclamación son los datos bancarios para el ingreso , sí así lo determinan los peritos del consorcio. Además de la fecha del siniestro, la dirección postal completa de donde haya tenido lugar. Si es un vehículo los datos a aportar son l a marca, el modelo y la matrícula del automóvil dañado. Si se ha mandado a un taller para su reparación, también es necesario facilitar esta información (nombre, dirección, teléfono…) «para agilizar la peritación de los daños». ¿Cuánto dura el proceso? Revilla (Aon) apunta que, en el caso de la comunicación del siniestro, «el proceso es casi inmediato, el Consorcio de Compensación de Seguros pasará a designar un perito , que se pondrá en contacto con el asegurado a la mayor brevedad posible«. Esto ya supone unos días. El resto del proceso, añade este experto, dependerá del tipo de daños y del tiempo que la persona asegurada necesite para presentar los presupuestos y facturas de las reparaciones por los daños. Noticia Relacionada estandar No Llega la tregua de la borrasca Efraín con ríos en alerta, daños y carreteras afectadas Isabel Jimeno / Alberto Ferreras Riesgo importante y moderado en los ríos Riaza y Eresma a su paso por Languilla y Segovia capital Un consejo importante: Se recomienda comunicar el siniestro «a ser posible dentro del plazo de siete días después de producirse el siniestro, tal y como indica la Ley de Contrato de Seguros«, apunta el director de property del broker de seguros Aon. De cualquier forma, si se presenta la reclamación posteriormente, el Consorcio las acepta. Se trataría de agilizar la tramitación y la recepción de las compensaciones.. «Foro ABC Movilidad sostenible: Claves de desarrollo económico, de calidad de vida».   La movilidad se ha convertido en un irrenunciable desafío para las ciudades en el siglo XXI, por el que los gobiernos locales deben preparar nuevas estrategias y concienciar a la sociedad sobre la importancia de este desempeño, en tiempos de pos-pandemia en los que se han experimentado cambios en las costumbres. En todo caso, las nuevas formas de movilidad compartida y sostenible ya son el presente del futuro, como se abordará en esta nueva entrega del Foro ABC Movilidad Sostenible , patrocinado por Acciona, que contará con la inauguración institucional por parte del alcalde de Madrid, José Luis Martínez-Almeida. A continuación, Yolanda Gómez, subdirectora de ABC, moderará el coloquio ‘Ciudades por la movilidad’, que contará con la participación de Andrés Boix Palop, autor del libro ‘Ciudad y Movilidad’ y profesor de Derecho Administrativo en la Universitat de València; May López Díaz, asesora y experta en Movilidad y Sostenibilidad, directora de Desarrollo de Empresas por la Movilidad Sostenible, e Iván Maura, director de Desarrollo de Negocio de Movilidad y Silence de Acciona. Especialistas que, sin duda, aportarán interesantes reflexiones sobre aspectos de gran relevancia como ejes transformadores para la sociedad: la progresiva descarbonización de las ciudades, a través de los diferentes modelos y tendencias de una movilidad del futuro ya enraizada en el presente. (El evento se podrá seguir a través de este enlace ). «El Mecanismo de Equidad Intergeneracional, ¿qué es el nuevo impuesto que pagarás a partir de enero de 2023?». Los más de 20 millones de trabajadores que se encuentran de alta en la Seguridad Social se encontrarán en sus nóminas un nuevo recargo a partir de 2023. Todos ellos, sin excepción y con independencia del nivel de su sueldo, serán objeto de la nueva cotización que se aplicará por el denominado Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI). Supondrá un 0,6% del sueldo y el dinero recaudado mensualmente irá a parar directamente a la conocida como ‘hucha’ de las pensiones, el nombre que recibe el Fondo de Reserva de la Seguridad Social. La nueva cotización, que en la práctica funciona como un impuesto finalista para el pago de pensiones, es decir, no se destinarán estos recursos para otra cuestión que no sea el pago de prestaciones de la Seguridad Social, entra en vigor desde el próximo 1 de enero. Por qué se cobra el nuevo impuesto El Mecanismo de Equidad Intergeneracional se aprobó a finales de 2021 como uno de los puntos de la primera parte de la reforma de pensiones pactada con Bruselas para la llegada de los fondos de recuperación. En principio, la medida debería haber servido como una suerte de piloto automático que garantizara la equilibrio presupuestario de la Seguridad Social en las próximas décadas, cuando se espera un aluvión de jubilaciones por la retirada de la generación del ‘ baby boom’ y un tensionamiento de las cuentas del sistema. Este era el objetivo del anterior factor de sostenibilidad , que funcionaba como una suerte de prorrateo de la expectativa de pensión durante los años en los que se fuera a cobrar sobre el número de años de esperanza de vida. Es decir, las pensiones se reducen si aumenta la esperanza de vida desde los 65 años del beneficiario. Este modelo, derogado, no se aplicará. La medida suponía recortes de hasta el 20% en las nuevas prestaciones. Cuantía a pagar El nuevo ‘impuesto’ que se cargará sobre las nóminas será de un 0,6%: el empresario pagará un 0,5%, mientras que el trabajador abonará el 0,1% restante. Según explican los sindicatos UGT y CC.OO., para un asalariado que tenga una nómina de 2.000 euros al mes el incremento del 0,6% supondría un pago mensual de 12 euros al mes: 2 euros los pagaría el trabajador y los 10 euros restantes el empleador. Esta cuantía, más allá, variará en función del nivel del salario pese a aplicar ese mismo 0,6%. Para los trabajadores autónomos este recargo ascendería, de media, hasta los 5 euros mensuales. Con esto, se constata en cifras cómo el Gobierno ha decidido cambiar por completo la naturaleza de este elemento del sistema público de pensiones que busca contener el fuerte incremento del gasto en prestaciones que asume la Seguridad Social y que en 2023 ya rebasará los 190.000 millones. En lugar de estimarse reducciones de la cuantía de las prestaciones en función del aumento de la esperanza de vida se llevará a cabo un proceso de recaudación de cotizaciones que sirva para atender el exceso de gasto por las mencionadas jubilaciones de los baby boomer. Durante cuánto tiempo se pagará En este punto, entran las dudas sobre si estas cuantía aplicadas a la totalidad de los trabajadores permitirá recaudar lo suficiente para cubrir el exceso de gasto previsto en las próximas décadas. En un principio, la Seguridad Social fijó el pago de esta nueva cotización por un periodo de 10 años, entre 2023 y 2032. Se preveía entonces una recaudación durante todo el periodo de 22.000 millones de euros. La cuantía es claramente insuficiente para afrontar un agujero que las instituciones de previsión como la Comisión Europea y la OCDE estiman que podría alcanzar los 50.000 millones de euros entre 2040 y 2050, el periodo de mayor tensionamiento financiero para el sistema. Es por ello, que el Gobierno ha puesto en marcha la maquinaria para introducir cambios sobre esta medida que entra en vigor en escasas dos semanas. El ministro José Luis Escrivá atenderá de este modo las exigencias que Bruselas ha trasladado al Gobierno para que el mecanismo de equidad sea más predictivo y aplique ajustes automáticos necesarios para sostener el gasto en pensiones. En síntesis, los ‘hombres de negro’ de la Comisión que ya han observado las bases del mecanismo piden que se parezca más al anterior factor de sostenibilidad. Así, teniendo en cuenta que el Gobierno ya ha renunciado de facto a aplicar recortes sobre las prestaciones, la Seguridad Social trabaja en una versión similar, del 0,6%, pero en lugar de cobrarse durante una décadas se cobraría durante un periodo de 30 años , llegando su finalización en 2050. De fijarse esta senda, se multiplicaría por tres el nivel recaudado para la ‘hucha’ de la pensiones, llegando a cerca de 70.000 millones .. http://www.databot-app.com

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De mariapiluca

bohemia y soñadora, el sol me persigue, la luna me embruja, todas las noches sueño algo, y los sueños están para cumplirlos, ponte tus metas día a día, y no te vengas a bajo, soy firme ante los problemas y al mal rato buena cara

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