News – Noticias «Consultar borrador Renta 2022-2023: Cómo descargar online, modificar y solicitud». La campaña de la Renta 2022-2023 acaba de comenzar este martes 11 de abril y son muchos ya los que apuran los trámites para dejar preparada su declaración cuanto antes para que no les pille el plazo, que expira el próximo 30 de junio. Más de 22 millones de contribuyentes están llamados a entregar este borrador del ejercicio económico de 2022, con el que rendirán cuentas a la Agencia Tributaria . Este año se han introducido nuevos cambios, como la rebaja fiscal del Gobierno que ha elevado a 15.000 euros el límite por el que se obliga a hacer la declaración de la renta cuando hay dos pagadores . Por su parte, aquellos que tengan un pagador y no hayan sobrepasado los 22.000 euros en 2022 estarán exentos de presentar la declaración. Los ciudadanos podrán presentar su declaración de forma online o con ayuda telefónica y presencial . Sin embargo, dependiendo de la opción que elijan, podrán hacerlo desde abril o tendrán que esperar un poco más hasta que se abran el resto de servicios: Plazos para realizar el borrador de la Renta Por internet : desde el 11 de abril al 30 de junio de 2023 Por teléfono : entre el 5 de mayo y el 30 de junio de 2023 Presencial : del 1 al 30 de junio de 2023 Para facilitar estos trámites, son muchos los que apuestan por una de las opciones más seguras: pedir el borrador que Hacienda elabora automáticamente para aquellos que lo deseen. Esta opción permite revisar fácilmente la información antes de entregarla formalmente a la administración. MÁS INFORMACIÓN noticia No noticia No Cuándo es obligatorio hacer la declaración de la Renta según tu edad, situación e ingresos noticia No Renta 2022-23: ¿cuál es el mínimo a declarar si tengo dos o más pagadores? noticia No Estos son los pensionistas que están exentos de hacer la declaración de la Renta 2022-23 noticia No ¿Se puede corregir la declaración de la Renta una vez presentada? Pero ¿cómo se puede solicitar y descargar este borrador de la declaración de Renta? Esta es la fecha a partir de la cual puedes pedirlo y cómo hacerlo. Cómo pedir el borrador de la declaración de la Renta 2023 El borrador de la declaración de la Renta se puede solicitar a partir del primer día de la campaña, es decir, de este martes 11 de abril. Para hacerlo, tan solo tendrás que acceder a través de la página web de la Agencia Tributaria al ‘Servicio de tramitación del borrador/declaración’ o a través de la app del organismo. A la sede electrónica de la Agencia Tributaria se debe acceder con una de las identificaciones oficiales ( Cl@ve PIN , el certificado electrónico o con el número de referencia suministrado por la AEAT). En caso de disponer de uno de los dos primeros, ya sea el certificado electrónico o el sistema Cl@ve PIN, tan solo habrá que registrarse haciendo uso de una de las dos vías en las casillas correspondientes. Por su parte, si no se dispone de ninguno de estos métodos de identificación, habrá que acceder con un número de referencia que se obtiene con el NIF y el DNI o NIE en la sede electrónica. Para ello, los interesados con DNI tendrán que incluir la fecha de validez o la fecha de expedición en caso de que el documento sea permanente. Mientras tanto, en caso de que se emplee un NIE, se deberá aportar el número de soporte o la fecha de nacimiento, si se trata de un NIE que comience por las letras L, M y K. También se puede solicitar esta referencia por teléfono en el número 901 12 12 24 o 91 535 73 26. Una vez realizados estos pasos, el usuario podrá acceder a los datos fiscales del año pasado, donde se contempla tanto su situación laboral y personal como el patrimonio o los ingresos de cada persona. Después de haber confirmado que todos los datos aportados son correctos, podrá validar el borrador y, posteriormente, presentar la declaración .. «Calendario declaración Renta: Cuándo se puede pedir cita para la campaña 2022-2023». Este martes 11 de abril se abre por fin la campaña de la declaración de la Renta 2023 , durante la que los contribuyentes tendrán que presentar la documentación correspondiente al ejercicio económico de 2022. Los ciudadanos que quieran entregar este borrador podrán hacerlo hasta el próximo 30 de junio a través de una de las vías estipuladas. Los contribuyentes podrán presentar su declaración por internet a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria , por teléfono o de forma presencial, aunque el plazo para poder hacerlo variará en función de ello. Fechas clave de la campaña de la Renta 2023 Por internet: desde el 11 de abril al 30 de junio de 2023 Por teléfono: entre el 5 de mayo y el 30 de junio de 2023 Presencial: del 1 al 30 de junio de 2023 Según el calendario de la declaración de la Renta, el plazo para presentar este borrador por teléfono comenzará el 5 de mayo, mientras que el 1 de junio será el turno de aquellos que quieran hacerlo de forma presencial . Sin embargo, para acceder a cualquiera de estas opciones los contribuyentes tendrán que solicitar cita previa en las fechas estipuladas para ello. Pero ¿qué día y hasta cuándo se puede pedir cita previa para realizar la declaración de la Renta por teléfono o presencialmente en las oficinas? Este es el plazo establecido por la Agencia Tributaria. MÁS INFORMACIÓN noticia No Declaración de la Renta 2022-23: cuándo empieza, calendario, plazos y fecha límite noticia No Renta 2022-23: ¿cuál es el mínimo a declarar si tengo dos o más pagadores? noticia No Estos son los pensionistas que están exentos de hacer la declaración de la Renta 2022-23 noticia No Así funciona el simulador de declaración de la Renta 2022-23: aprende a usarlo ¿Cuándo se puede pedir cita para la declaración de la Renta? Aquellos que lo deseen podrán solicitar su cita previa para presentar la declaración de la Renta por teléfono a partir del próximo 3 de mayo y hasta el 29 de junio . Por su parte, los que decidan prepararla de forma presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria, tendrán que solicitar esta cita previa a partir del 25 de mayo y podrán hacerlo hasta el 29 de junio . Fechas para pedir la cita previa para el borrador de la Renta Cita previa por teléfono: del 3 de mayo al 29 de junio Cita previa presencial: del 25 de mayo al 29 de junio Cómo solicitar cita previa para la campaña de la Renta Para solicitar cita previa para preparar y presentar el borrador de forma presencial o por teléfono, los contribuyentes tendrán que pedir cita por teléfono llamando a uno de estos números: 915 35 73 26 , 901 12 12 24 , 915 53 00 71 o 901 22 33 44 . Además, también podrán hacerlo a través de la página web de la Agencia Tributaria o en la aplicación web del organismo. Tan solo tendrán que registrarse en Cl@ve, trámite que se puede realizar en la propia sede electrónica de la Agencia Tributaria.. «CSIF denuncia que faltan 5.000 funcionarios para luchar contra el fraude fiscal». Faltan ojos para controlar el fraude fiscal . El mismo día en que arranca la campaña de la Renta, la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) ha denunciado que la Agencia Tributaria tiene un déficit de 5.000 empleados. La comparación la hace CSIF con la media de las principales economías de nuestro entorno , una carencia que, a su criterio, es un puerta abierta al fraude fiscal y la economía sumergida. «Al incrementar el número de trabajadores dedicados a la recién comenzada hoy campaña de la Renta 2022, disminuye en gran medida el personal destinado a combatir el fraude fiscal y la economía sumergida«, denuncia el sindicato. Efectivos que se destinan como tarea principal a esta lucha pasan a formar parte del soporte de atención al público asignado para informar, revisar y tramitar las declaraciones de la renta, denuncia CSIF «Para nuestro sindicato es fundamental la creación de la Policía Fiscal, cuyo embrión se encuentra en el actual Servicio de Vigilancia Aduanera , dentro de la AEAT. Esta división contribuiría a mejorar la eficacia contra el fraude y el dinero negro que merma de forma considerable la financiación de los servicios públicos», añade el sindicato. Noticia Relacionada estandar No Campaña de la Renta: Hacienda prevé ingresar 16.448 millones, un 5,6% más Nerea San Esteban La Agencia Tributaria estima que recibirá 22,899 millones de declaraciones, de las cuales un 60% serán a devolver CSIF añade en su nota que «tras las recientes negociaciones con la Agencia Tributaria, se ha fijado un calendario hasta finales de julio por el que se comprometen a actualizar y reactivar el acuerdo de la carrera administrativa». «Entre las reivindicaciones de CSIF destaca una subida salarial, carrera profesional, movilidad o jubilación parcial anticipada», apunta la central.. «Campaña de la Renta: Hacienda prevé ingresar 16.448 millones, un 5,6% más». Luz verde a la campaña de la Renta 2022. La Agencia Tributaria ha presentado este martes sus previsiones para esta campaña, en la que espera registrar 22,899 millones de declaraciones este año, un 3,4% más que el año anterior. En cuanto a los ingresos, la Agencia Tributaria prevé que asciendan a 16.448 millones de euros, un 5,6% más; mientras que a devolver espera que sean 9.946 millones, un 2,4% menos. Este 11 de abril la Agencia Tributaria ha dado comienzo a la campaña que finalizará el 30 de junio . A las diez de la mañana de hoy ya se habían presentado más de 400.000 declaraciones, ha avanzado en rueda de prensa la directora general de la Agencia Tributaria, Soledad Fernández. De este modo, en 48 horas, el próximo jueves, se iniciarán las primeras devoluciones de las declaraciones presentadas por internet. Por su parte, los contribuyentes que cuenten con declaraciones a ingresar no realizarán los primeros pagos hasta el final de la campaña. De las primeras declaraciones, las que tienen derecho a devolución, se espera que sean 13,600 millones, un 60% del total , por un importe estimado de 9.946 millones de euros. Por otro lado, las declaraciones ingresar ascenderán a 7,649 millones, por un importe de 16.448 millones de euros. Noticia Relacionada estandar No La policía alerta: si recibes esta ‘devolución’ de la declaración de la Renta por SMS, no pinches M. O Este timo cibernético indica a los ciudadanos que han sido calificados para un «reembolso de impuestos» y pide entrar a un enlace que es malicioso Hacienda ha reiterado avisos sobre tres fuentes de renta concretas: Monedas virtuales (328.000), Rentas de otros países (807.000) y alquileres de inmuebles (661.000). Como novedad este año, la Agencia Tributaria ha creado un asistente virtual para «reforzar la asistencia al contribuyente». Por su parte, el plan ‘Le llamamos’ , que está pensado para confeccionar y presentar las declaraciones por teléfono, arrancará el 5 de mayo, con solicitud de cita a partir del día 3.. «Cuándo es obligatorio hacer la declaración de la Renta según tu edad, situación e ingresos». Cerca de 22 millones de contribuyentes en España pueden empezar a hacer su borrador de la declaración de la Renta desde hoy mismo , siempre que lo hagan a través de la página web habilitada por la Agencia Tributaria. Si se prefiere presentar por teléfono o en una oficina, se deberá pedir cita previa y las fechas de inicio son posteriores. Para muchas personas, declarar su IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) a Hacienda es algo ya habitual y casi repetitivo año tras año. Si la situación económica no sufre grandes cambios ni se tiene más o menos patrimonio, tan solo hay que acceder al borrador y esté se autocompletará con los datos de la vez anterior, por lo que el único esfuerzo será revisarlo y mandarlo. Noticias Relacionadas estandar No Inicio de la Campaña de la Renta: los gestores instan a revisar el borrador ya que el 35% tiene errores Daniel Caballero estandar No Las novedades de Hacienda a tener en cuenta en tu declaración de la Renta 2022-23 M. O Pero también existe la posibilidad de que sea la primera vez que dudes de si tienes que hacer la declaración de la Renta , una situación sobre todo extendida entre los más jóvenes y entre quienes hayan tenido cambios sustanciales en el ejercicio económico de 2022. Por ello, te ofrecemos una recopilación de l os factores determinantes para saber si alguien está obligado a realizar la declaración de la Renta este año , que en su mayoría están relacionados con los ingresos o el patrimonio de cada persona. Cómo saber si estoy obligado a presentar la declaración de la Renta este 2023 Lo primero a tener en cuenta para responder a esta cuestión es que la declaración de la Renta se realiza teniendo en cuenta los procesos económicos que se hayan dado durante el 2022, por lo que hay que ignorar la situación financiera actual y tener a mano los datos del periodo indicado. Con esta información presente, podemos proceder a explicar qué determina si este año tienes que presentar tu IRPF a Hacienda o no. Estos son los casos principales según indica la Agencia Tributaria atendiendo al artículo 96 de la Ley del IRPF para la obligación de declarar: – La edad no es un factor que determine esta obligación, pues, según Hacienda, cualquier persona que tribute (y cumpla los requisitos estipulados) debe hacerla. – Estás obligado a realizar la declaración de la Renta si eres trabajador por cuenta ajena o cuenta propia y has obtenido un sueldo superior a 22.000 euros anuales procedente de un solo pagador. – Si has tenido dos pagadores en 2022 y los ingresos recibidos superan los 14.000 euros anuales , siempre que «la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores, por orden de cuantía, no superan en su conjunto la cantidad de 1.500 euros anuales». En este caso hay que recordar que si en 2022 te afectó un ERTE , esto también cuenta como otro pagador. – También estás obligado a hacer este trámite si eres trabajador autónomo y has tenido un rendimiento neto igual o superior a los 1.000 euros anuales . – Si has recibido ingresos patrimoniales o de rendimiento de capital mobiliario de más de 1.600 euros anuales. – Si se ha obtenido como mínimo 1.000 euros brutos de rentas mobiliarias imputadas, rendimientos de letras del tesoro, subvenciones relacionadas con la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado. En el ámbito de las deducciones, la Agencia Tributaria dice lo siguiente: «Están obligados a declarar en todo caso los contribuyentes que tengan derecho a aplicarse las siguientes deducciones o reducciones , cuando ejerciten tal derecho: – Aportaciones a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad, planes de pensiones, planes de previsión asegurados o mutualidades de previsión social, planes de previsión social empresarial y seguros de dependencia que reduzcan la base imponible. – Deducción por inversión en vivienda (Régimen transitorio). – Deducción por doble imposición internacional». Y realiza una aclaración más a considerar en este ámbito: «Para determinar la obligación de declarar es importante tener en cuenta lo siguiente: Obtención de otro tipo de rentas: – Están obligados a declarar en todo caso los contribuyentes que perciban cualquier otro tipo de rentas o bien superen los importes o límites máximos indicados. Rentas exentas: – No se tomarán en consideración las rentas exentas del impuesto (como, por ejemplo, las pensiones de la Seguridad Social por incapacidad permanente absoluta o gran invalidez, las becas públicas para cursar estudios, las anualidades por alimentos recibidas de los padres por decisión judicial). – No se tendrán en cuenta las rentas sujetas al Gravamen especial sobre determinadas loterías y apuestas, regulado en la disposición adicional trigésima tercera de la Ley del Impuesto».. http://www.databot-app.com
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